La normativa vigente y de obligado cumplimiento para los Corredores/Corredurías de Seguros en materia de prevención de blanqueo de capitales, establece que se deben adoptar medidas necesarias por parte de estas empresas como son el registro en un fichero especial en el SEPBLAC (Servicio Blanqueo Capitales - dependiente del Banco de España), designación de un representante, elaboración de un manual de procedimientos, formación, comunicaciones periódicas al SEPBLAC y examen externo (auditoría) para certificar el cumplimiento de todas las obligaciones.
Por tal motivo el Colegio y en su afán de atender las necesidades de sus colegiados, ha puesto en marcha a través del Consejo General, un servicio de atención a los Corredores/Corredurías de Seguros, que se encargará del cumplimiento de todas las obligaciones impuestas a los mediadores de seguros.
Mediante la cumplimentación del "boletín de adhesión", el Consejo General a través de los servicios contratados procederá a efectuar la correspondiente inscripción en el
Registro de Prevención de Blanqueo de Capitales.
Teléfono: 902 105 344
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