Fecha: 01 de Febrero de 2022
En la concesión de préstamos hipotecarios, es habitual que las entidades financieras exijan la contratación de seguros. En muchas ocasiones, además, se ofrece un precio más alto o unas coberturas por encima de las necesidades reales de quien contrata.
«El único seguro legalmente obligatorio ligado a un préstamo hipotecario es el de incendio, eventos naturales y daños del bien hipotecario». Así se confirma desde la asesoría jurídica del Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros. Los especialistas recuerdan, además, que según la legislación vigente, «el cliente puede elegir libremente la entidad aseguradora con la que contratar el seguro».
Cuando alguien acude a una entidad bancaria a solicitar un crédito personal o hipotecario, son muchas las preguntas y dudas que se le plantean, especialmente en lo que se refiere a la obligatoriedad de contratar determinados seguros. Muchas de ellas giran en torno a los seguros vinculados a préstamos hipotecarios. Y es que, es habitual que para la concesión de préstamos hipotecarios, las entidades financieras exijan la contratación de seguros de otra naturaleza, especialmente de vida. Una mala praxis que se viene denunciando desde hace años.
Según los datos del Consejo General de Mediadores de Seguros, los ramos vinculados a la contratación de un préstamo hipotecario más habituales son Vida (72%), seguido de Hogar (59%). Además, resultaba llamativo el peso creciente de la vinculación a un seguro de automóviles, que ya se sitúa en el 20%, un seguro que poco o nada tiene que ver con el bien hipotecado.
La práctica de vincular la concesión de un crédito a la contratación de un seguro tiene la derivada también de que, en muchas ocasiones, se ofrece un precio más alto o unas coberturas por encima de las necesidades reales de quien contrata.
Mediadores colegiados
Ante cualquier duda, desde Mediadores Asturias se recomienda acudir a un mediador de seguros colegiado. Será quien, de manera gratuita, asesore al usuario sobre las coberturas reales necesarias, el precio medio de mercado y el abanico de posibilidades que existen para cubrir el requisito para formalizar un crédito.
Muchos usuarios desconocen, por poner un ejemplo, que independientemente del canal por el que se haya contratado el seguro, el cliente tiene un plazo de un mes para resolver el contrato ofrecido por el banco; o que, en el caso de los seguros de vida, cuando la duración sea superior a seis meses, la persona que ha firmado la póliza (el tomador del seguro) tendrá derecho a resolverlo unilateralmente y sin penalización alguna, en el plazo de 30 días a contar desde que recibió la póliza o el certificado provisional de garantía.
En el caso de pago anticipado del préstamo hipotecario, por ejemplo, el cliente tiene derecho a una reducción del coste total del préstamo que incluirá los intereses y los costes de la operación. Y, una vez cancelado el préstamo, se extingue el seguro salvo que el cliente comunique expresamente a la aseguradora su deseo de mantener la vigencia y designe para ello un nuevo beneficiario, teniendo derecho a la devolución de la parte de prima no consumida por parte de quien la recibió.
Los mediadores de seguros no solo proponen o explican los diferentes puntos o aspectos de un seguro, también informan y asesoran sobre cuestiones previas a la celebración del contrato de seguro.